Les dejo la segunda parte del análisis del Código de Etica Periodística de Venezuela.
En esta ocasión será analizado tal vez el capítulo más importante dentro del CEP venezolano ya que estipula como debe actuar el periodista y el periodismo con algo tan importante como los son las fuentes de información.
Capítulo III – El periodista con la fuente
Este capítulo consta de ocho artículos. Sin dudas uno de los capítulos más importantes debido a que habla sobre la responsabilidad del periodista hacia las fuentes de información y el trato con ellas.
Primero estipula algo fundamental: el derecho que tiene la fuente a no ser revelada en ningún caso y el derecho del periodista a mantener el secreto profesional ante todo y todos. Por otro lado, promueve como pauta esencial para una información eficaz la verificación de información y el contacto con fuentes idóneas.
Además, el capítulo establece, en el capítulo veinte, el repudio a cualquier tipo de remuneración que vaya en contra de los deberes profesionales del periodista. Cabe mencionar que el capítulo deja en claro que el periodista podrá denunciar y ampararse en el Colegio Nacional de Periodistas (de ese país), que defenderá al comunicador en todos los ámbitos.
Hay que destacar los artículos 20 y 21 que refieren al rechazo que debe realizar el periodista frente a cualquier tipo de remuneración o contribución que tengan como objetivo interferir en una labor informativa veraz. Por su parte, el artículo 23 dictamina que el comunicador no puede ser desleal frente a colegas o fuentes.
(Continuará).